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Publicado: 02/08/2017
Si tienes que realizar la renovación del carnet de conducir en Cáceres, es importante que leas este artículo. Puede que te encuentres en una situación que provoque la denegación de dicha renovación. En estas líneas vamos a explicarte cuáles son las causas principales que pueden ocasionar que no se te conceda la prórroga de tu permiso para manejar vehículos por carretera.
Normalmente, estas causas suelen ir ligadas al padecimiento de cierto tipo de enfermedades, o a los casos en los que la persona pase por un tratamiento médico que pueda llegar a disminuir sus facultades. Las limitaciones para la renovación del carnet de conducir en Cáceres las encontrarás recogidas en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo.
En esta ley no se establece una edad límite para tener derecho a conducir. El carnet se expide con una validez de 10 años hasta que la persona supera los 65 años, y a partir de entonces se van reduciendo los plazos. Sí pone impedimentos a aquellas personas cuyas capacidades psíquicas o físicas se hayan visto mermadas y ello conlleve un riesgo tanto para su integridad como para el resto de conductores.
Por poner un ejemplo, una persona que haya sido sometida a un tratamiento de quimioterapia deberá esperar un plazo de tres meses desde la última sesión para poder renovar su carnet de conducir. Tampoco se renueva el carnet a aquellas personas que sufran enfermedades cerebrovasculares y no cuenten con un informe médico que acredite que no le han quedado secuelas, o personas con problemas cardíacos en riesgo de recaída.
También son motivo de la denegación o demora de la renovación del permiso si cuentas con otras patologías como la diabetes, epilepsia, afecciones respiratorias o problemas mentales, entre otros casos.
En Centro De Reconocimiento Médico Caceres te haremos un estudio detallado de tu situación y te informaremos en caso de que padezcas cualquiera de estas enfermedades.