La primera vez que uno acude a un centro para obtener el certificado médico para carnet de conducir en Cáceres, lo hace feliz ante la idea de que ya no queda nada para poder comenzar a conducir un coche sin un profesor de autoescuela al lado. Por fin podrá disfrutar de la independencia que aporta el poder maneja un coche y desplazarse a donde uno desee sin depender de nadie. Sin embargo esa no será la última vez que pase a visitar su centro psicotécnico, pasado un periodo que viene marcado por la ley uno deberá realizar de nuevo este examen para poder renovar su licencia. A continuación os explicamos cuáles son los plazos marcados por la ley para la renovación.
Desde que uno obtiene su permiso de conducir tipo B podrá disfrutar de él durante diez años. Pasado este tiempo tendrá que volver a realizar el examen psicotécnico para demostrar que sigue teniendo unas capacidades psicomotrices y unos reflejos suficientes para conducir. Este plazo será así hasta que se cumplan los sesenta y cinco años. Llegado este momento será obligatorio realizar las pruebas y la renovación cada cinco años, esto se debe a que en estas edades se pierden reflejos más rápidamente.
El certificado médico para carnet de conducir en Cáceres de otros tipos de vehículos como pueden ser los camiones, los vehículos para transporte de cargas peligrosas, los autobuses o taxis, se deberá renovar cada cinco años. Una vez que se hayan cumplido los sesenta y cinco este periodo se reducirá a los tres años.
Si necesitas renovar tu carnet, no esperes más y acude al Centro de Reconocimiento Médico Cáceres, nosotros realizaremos todas las gestiones.